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Genera tu CFDI con complemento de Carta Porte
La carta de porte es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte. Informa acerca de los términos en que se produjo el acuerdo y atribuye derechos sobre la mercancía transportada. Además, en algunos casos, es exigible por parte de la Autoridad si se precisa hacer una comprobación.
¿Qué es Carta Porte?
El CFDI de traslado o tipo T, es también conocido como Carta Porte, dicho documento es un comprobante fiscal, el cual está regulado por la autoridad y este debe cumplir con ciertos requerimientos.
Tiene la funcionalidad de permitir el acreditamiento de la tenencia o posesión legal de las mercancías durante el trayecto del traslado de estás, sin que exista de manera directa una enajenación de mercancías.
¿Qué es el Complemento carta porte?
Es información adicional para detallar el traslado de las mercancías e incluso indicar desde que punto de origen hasta el punto destino, toda esta información es solicitada por la autoridad. Los datos a registrar dependerán de los sujetos que intervengan en la operación, el medio de transporte y el CFDI (Ingreso o Traslado).
Artículos 29 y 29-A del CFF y en la RMF 2021 vigente
Antecedentes de la carta porte.
➢En el año 2015 la Secretaría de Comunicaciones y Transportes junto con el Diario oficial de la Federación dieron a conocer un nuevo documento en el cual indicaba lo siguiente:
“CIRCULAR por la que se aprueban los modelos de Carta de Porte-Traslado o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías pre-impresa y Carta de Porte o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías Digital por Internet (CFDI) que autoriza el servicio de autotransporte federal de carga en los caminos y puentes de jurisdicción federal, así como indicaciones generales, formato e instructivo de requisitos y condiciones de transporte y anexos”
Que es obligación de los permisionarios del servicio de autotransporte federal de carga, emitir por cada embarque, una carta de porte debidamente requisitada y con determinadas características que cumplan con la legislación en materia de autotransporte y que se ajuste a las disposiciones fiscales emitidas por el Servicio de Administración Tributaria.
Secretaria de Comunicaciones y Transportes junto con el Diario Oficial de la Federación (DOF)
➢El 1° de mayo del 2021: El SAT realizo la publicación del Complemento Carta Porte.
➢El 3 de mayo del 2021.-Se realizo la publicación del Decimo Primero Transitorio de la 1° RMRMF indicando la facilidad de uso opcional del Complemento Carta Porte 120 días naturales.
➢El 1° de junio del 2021: Entra en vigor el uso opcional del Complemento Carta Porte. ➢21 de septiembre del 2021.- Se realiza la reforma en el Décimo Primero de la 1°
RMRMF para 2021, para establecer el uso obligatorio del Complemento Carta Porte.
➢El 26 de octubre del 2021.- Publicación de la documentación técnica de la versión 2.0 del Complemento Carta Porte, así como el instructivo de llenado por tipo de transporte.
➢El 1° de diciembre del 2021.- Inicia periodo de adaptación del Complemento Carta Porte.
➢El 1° de enero del 2022.- Uso obligatorio del Complemento Carta Porte. Para más información da clic en Circular completa.
Fundamento legal.
La carta porte se circunscribe a la ley orgánica de la administración pública federal, la ley de caminos, puentes y autotransporte federal, la ley de vías generales de comunicación y el reglamento de autotransporte federal y servicios auxiliares, el código de comercio y la resolución miscelánea fiscal vigente. Una de las instituciones que se encarga de vigilar esta ley es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), la cual señala que: “es obligación de los |
permisionarios del servicio de autotransporte federal de carga, emitir por cada embarque, una carta de porte debidamente requisitada y con determinadas características que cumplan con la legislación en materia de autotransporte y que se ajuste a las disposiciones fiscales emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).” Por otro lado, y de acuerdo a la regla fiscal número 2.7.1.9. de la resolución miscelánea fiscal: “los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, sin que por ello se genere un cobro, podrán acreditar únicamente el transporte de dichas mercancías mediante el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o un comprobante impreso expedido por ellos mismos.” Para más información da clic en Fundamento legal. |
La carta porte es un documento que se utiliza como complemento del CFDI de traslado para documentar el transporte de mercancías, éste también tiene una validez nacional o internacional.
Ambos son utilizados para los mismos fines, sin embargo, son diferentes, sobre todo en el ámbito de aplicación. El CFDI de traslado puede garantizar la propiedad de una mercancía cuando es transportada, esto da el derecho de un seguro por si la mercancía se daña, roba o pierde.
La factura de tipo traslado solo podrá ser generada cuando el traslado de los bienes o mercancías se realice en vehículos propios por las siguientes personas:
- Dueños de los bienes o mercancías.
- Quien tenga derechos sobre las mercancías.
- Personas intermediarias o agentes de transporte. La factura debe contar con las siguientes características:
- El valor de la factura debe ser cero.
- El RFC registrado como emisor deberá ser igual al receptor.
¿Qué es el CFDI de traslado con Complemento Carta Porte?
• Se deberá registrar la clave de producto y servicio que se indique en el instructivo de llenado del complemento Carta Porte.
Es un documento fiscal digital, que se emite por la prestación de servicios de autotransporte, tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
Asimismo, en el CFDI se debe desglosar el traslado y en caso de que el receptor sea persona moral debe efectuar la retención del IVA.
Si trasladas bienes o mercancías sin portar la factura con el complemento Carta porte correspondiente, o bien contiene datos incorrectos, tanto el transportista como quien contrató el servicio serán responsables ante la autoridad competente.
Si te dedicas a trasladar bienes o mercancías por cualquier medio de transporte, ya sea autotransporte de carga, aéreo, marítimo o ferroviario, incluyendo el servicio de paquetería y mensajería, grúas de arrastre, así como de salvamento y depósito de vehículos, traslado de fondos y valores, materiales y residuos peligrosos, entre otros, toma en cuenta que:
• Debes emitir y entregar a tus clientes una factura de ingreso con el complemento Carta Porte por el servicio realizado.
• Cuando la mercancía que trasladas proviene del extranjero, podrás demostrar su legal estancia en el país al portar factura con complemento Carta Porte, donde se registra el número del pedimento de importación.
CFDI de Ingreso con Complemento Carta porte
Para una correcta emisión del CFDI de Ingreso o Traslado con Complemento Carta Porte, puedes validar la información de apoyo que el SAT pone a disposición.
Material de apoyo:
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional. El complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio a partir del 1 de enero de 2022.
Para la correcta configuración y emisión de los CFDI de Tipo Ingreso y Traslado con complemento Carta Porte dentro de Aspel SAE, puedes validar los siguientes documentos:
✓ S082.-Configuración de CFDI de Ingreso (autotransporte)
✓ S083.-Configuración de CFDI de Traslado (autotransporte)
✓S084.-Emisión de CFDI de Traslado CON Complemento Carta Porte
(autotransporte).
✓S085.-Emisión de CFDI de Traslado SIN Complemento Carta Porte
(autotransporte)
✓ S86.-Emisión de CFDI de Ingreso CON Complemento Carta Porte
Para la correcta configuración y emisión del CFDI de Ingreso con complemento Carta Porte dentro de Aspel FACTURE, puedes validar los siguientes documentos:
✓ F042.-Configura tu CFDI de Ingreso (autotransporte) ✓ F043.-
Aplicación de la carta porte en Aspel SAE 8.0
Aplicación de la carta porte en Aspel FACTURE 5.0
Emite el CFDI de ingreso con Complemento Carta Porte en Aspel FACTURE 5.0
(autotransporte)
Para poder emitir el CFDI con Complemento Carta Porte por los distintos medios (no autotransporte) en Aspel SAE puedes descargar los siguientes archivos y seguir paso a paso la configuración en el sistema.
Complemento Carta Porte 2.0 Transporte Aéreo CFDI 3.3 Complemento Carta Porte 2.0 Transporte Marítimo CFDI 3.3 Complemento Carta Porte 2.0 Transporte Ferroviario CFDI 3.3
Emisión de CFDI con Complemento Carta porte por alta de campos libres
¡Listo! Con estos sencillos pasos estarás actualizado.
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